viernes, 12 de marzo de 2010

Regulada la nueva prueba para la obtención del Graduado en Secundaria en los institutos.

A esta prueba solo se pueden presentar los alumnos que, al finalizar la Educación Secundaria Obligatoria tras cursar el cuarto curso de la etapa o el segundo curso del programa de diversificación curricular en un centro de la Comunidad de Madrid, no hayan obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y reúnan los siguientes requisitos:
  • Tener dieciocho años.

  • Tener un máximo de cinco materias pendientes de calificación positiva de cualquiera de los cursos de la etapa.
Los alumnos solo podrán presentarse a estas convocatorias anuales durante los dos años siguientes al de finalización en régimen ordinario de la Educación Secundaria Obligatoria sin haber obtenido el correspondiente título. Y, para poder presentarse, no podrán estar matriculados en otra modalidad de enseñanza que conduzca a la misma titulación.
[++ Información BOCM ORDEN 626/2010, de 11 de febrero.]

Ahora hay que esperar a conocer la fecha de la convocatoria de este año.

lunes, 1 de marzo de 2010

Convocadas las pruebas libres de graduado en ESO para el año 2010.

Hoy ha salido publicada en el boletín oficial de la Comunidad de Madrid la convocatoria de las pruebas libres de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, para 2010.
  • El plazo de matriculación para la primera convocatoria será del 19 al 30 de abril, ambos inclusive.

  • El exámen será el 27 de mayo, jueves.
[++ Información BOCM]
En la barra de menú, MATRÍCULA, tenéis la instancia y los lugares donde podéis entregarla. Recordad que debe ir acompañada de la fotocopia del DNI, pasaporte o NIE y si tenéis algo convalidado, las fotocopias que lo demuestren (os pedirán también los originales para comprobarlo).

sábado, 27 de febrero de 2010

Nueva prueba para la obtención del graduado en Secundaria

La Comunidad de Madrid ha colgado de su página web una información relativa a una nueva prueba para la obtención del Graduado en Secundaria. De momento tan solo es un anuncio, y habrá que esperar a ver si cristaliza.
Estará dirigida a los alumnos que acaban de abandonar la ESO sin haber obtenido el título y que cumplan los siguiente requisitos:
  • Tener cumplidos dieciocho años.
  • Como máximo pueden tener pendientes cinco asignaturas de la ESO.
  • Haber alcanzado 4º de la ESO o 2º curso de diversificación curricular.
Será anual y se podrán presentar a ella en los dos años siguientes de haber finalizado su periodo de escolarización obligatoria. Se realizará en el instituto donde haya estudiado cada uno.
[++] Más información.
Esta prueba es independiente y no tiene nada que ver con las pruebas libres de Graduado en ESO.
Os recuerdo que hemos colgado los exámenes corregidos de la convocatoria de junio de 2009.

domingo, 14 de febrero de 2010

Exámenes corregidos. Exámenes resueltos. Solución a los exámenes de ESO

Actualizado en marzo de 2013. La nueva Resolución de 20 de febrero de 2013 dispone que cada centro examinador elaborará sus propias pruebas. Con lo que las pruebas que tenemos colgadas con las soluciones nos pueden servir de referencia pero no garantizan que nos vayamos a encontrar con modelos parecidos.
Hemos añadido al blog las soluciones o los exámenes corregidos de la convocatoria de pruebas libres de graduado de 2009. Están en la parte derecha (sidebar), bajando con la barra de desplazamientos, en uno de los rectángulos (gadget) con el título:

Soluciones a los exámenes de convocatorias pasadas

Próximamente pondremos los de la convocatoria de junio de 2009. Y a partir de ahora haremos lo mismo con las futuras convocatorias. Hemos desestimado hacerlo con las anteriores por seguir una línea distinta a la actual.
Más que un solucionario, pretendemos que sirva sirva de guía para poder resolver este o cualquier otro examen que nos planteen. Por eso, en casos, no damos la respuesta a la pregunta, sino que proponemos orientaciones. En otros casos, daremos una solución que no convenza al lector. Pero esto no debe generar ningún conflicto, partimos del principio de que una misma cuestión pueden tener distintas interpretaciones y estar todas bien.
En algunas apartado nos hemos extendido más allá de la respuesta con el fin de explicar el porqué de las cosas. Es evidente que esa explicación no debe aparecer en el examen.
Mi agradecimiento a los profesores Gemma Durán, Juan V. Fresneda y Lorenzo Alonso por su colaboración.

lunes, 1 de febrero de 2010

¿Cómo reclamar?

De vez en cuando alguna persona pide ayuda para reclamar por distintos motivos: no aparece en la lista de admitidos a las pruebas libres, o aparece pero con algún dato cambiado, o no le han convalidado ámbitos o asignaturas que tiene aprobados, o no está de acuerdo con las notas que le han puesto...
Otras veces necesitamos obtener un certificado que ya nos dieron, o queremos que nos reconozcan los estudios de hace años de los que hemos perdido el justificante...
Conviene recordar que, en el caso de oposiciones o exámenes, como son las pruebas libres, el tribunal siempre establece unas fechas para reclamar y que debemos someternos al período establecido, ya que si lo hacemos fuera de plazo, no atenderán la reclamación y no tendremos derecho a nada. Además, en toda reclamación, debemos ser educados y respetuosos al plantearla y utilizar un lenguaje correcto y sin faltas de ortografía.
Existen muchos modelos de reclamación, pero todos ellos contienen unos apartados básicos que són:
  1. Datos personales de quien reclama, en este caso nosotros. Nuestro nombre, apellidos, DNI/NIE/pasaporte, domicilio completo (calle, número, piso, distrito postal y ciudad -por si la respuesta nos la envían por correo-), y un teléfono de contacto.
  2. Un EXPONE:, en el cual contaremos cuál es el problema. Procuraremos ser breves y concisos.
  3. Un SOLICITA: donde expresaremos lo que queremos.
  4. Una relación de documentos (si fuera necesario) que acompañan a la reclamación, que demuestra que lo que digo es cierto. Por ejemplo si lo que reclamo es que aparezco con el DNI cambiado tendré que mandar una copia del DNI; si lo que ocurre es que no reconocen una convalidación y tengo el justificante, tendré que mandar la copia del justificante...
  5. La fecha y la firma.
  6. Y un pie con el nombre, entidad o el cargo a quien se dirige el escrito (el presidente, el secretario, fulanito de tal...), y el lugar a donde queremos que llegue el escrito (CEPA Don Juan I, Consejería de Educación...).
Conviene entregarlo en el sitio donde reclamas. Se lleva el escrito original y una fotocopia, para que la sellen en el registro y quede constancia de ello. Si se envía por correo, que sea certificado.
Solo se debe reclamar cuando se está seguro o tienes dudas fundadas de que se ha podido cometer un error.
Aquí ponemos algún módelo de reclamación en distintos formatos si lo necesitáis.

Nota.pdfNota.odtNota.doc

Exención.pdfExención.odtExención.doc

jueves, 21 de enero de 2010

Equivalencias y convalidaciones de Formación Profesiona (FP).

La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, ha recopilado recientemente la normativa relativa a las equivalencias y convalidaciones entre los anteriores y actuales estudios de Formación Profesional. En ella aparece:
  • Oficialía y maestría industrial.
  • Técnico auxiliar y Técnico especialista.
  • Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño.
  • Enseñanzas militares.
  • Equivalencias con el Graduado en ESO.
  • Equivalencias con el Título de Bachiller.
  • Convalidaciones entre Formación profesional y estudios universitarios.

[++] Más información.


También da a conocer la sustitución de las anteriores titulaciones LOGSE de Formación Profesional por los nuevos títulos de la actual Ley Orgánica de la Educación (LOE).

[++] Más información.

martes, 5 de enero de 2010

Equivalencia de Segundo de ESO con el Graduado Escolar.

Esta información puede ser interesante para todos aquellos que empezaron la EGB, pasaron a estudiar la ESO (LOGSE), y aprobaron el primer ciclo (1º y 2º) pero no llegaron a titular.
Según el Real Decreto 1487/1994, quien esté en esta situación, pueden solicitar la expedición del título del Graduado Escolar.
Esto lo regula la disposición Transitoria 1ª del Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, por el que se modifica y completa el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo.
En la página del CEPA Giner de los Ríos de Don Benito (Badajoz), escrita por José Fernández Elena a quién ya nombramos en otra entrada y a quien quiero agradecerselo públicamente, podéis encontrar la información ampliada y comentada.
Si alguien se encuentra en esta situación ¿qué debe hacer? Tiene que dirigir un escrito a la Consejería de Educación de su Comunidad Autónoma (normálmente en cada capital de provincia suele haber una -si llamáis a cualquier centro público de vuestra ciudad y lo preguntáis, seguro que os informan de dónde está-), exponiendo su caso, y adjuntando las fotocopias del DNI, y las del Libro de Escolaridad, en las que se demuestren que se cumplen las condiciones. Lo mejor es acercarse hasta el lugar y entregarlo en la ventanilla de registro. También podéis hacerlo por correo certificado con acuse de recibo.
Aquí os dejo el modelo de reclamación en formato pdf, en formato de texto odt (OpenOffice) y en formato .doc para que solo tengáis que escribir los datos personales.

Reclamación.pdfReclamación.odtReclamación.doc
 
Ir arriba

Subir